Gestión del arbolado. ¿Qué debes saber?

Si tengo un árbol en mi parcela y lo quiero talar, ¿lo puedo hacer sin más?

No, primero hay que pedir un permiso.

Según la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid se obliga a tener autorización por parte del ayuntamiento correspondiente para poder talar cualquier árbol que esté en mi propiedad, siempre que esté en suelo urbano y mide más de 20 cm de diámetro de tronco a nivel del suelo o tenga más de 10 años de edad.

Además no todos los árboles se podrán talar, solo se concederá permisos cuando existan causas justificadas:

  • Si el árbol está muerto o hay factores de riesgo propios del árbol o de lo que hay alrededor, como una posible caída sobre una casa.
  • Si hay obras de reforma o por nueva construcción de edificaciones o infraestructuras y el ejemplar se ve afectado.
  • Si el árbol causa daños sobre estructuras o instalaciones: líneas eléctricas, muros, garajes, saneamientos, vasos de piscinas, conducciones de agua o de gas, etc.

Por otro lado, la ley también obliga a solicitar permiso aunque se trate de una poda, si se considera drástica e indiscriminada.

¿Qué me puede ocurrir si talo un árbol sin permiso?

Las sanciones por infringir la normativa son importantes, se pueden considerar una infracción muy grave penada con multas de 100.001 a 500.000 euros.

¿Cómo es el trámite para obtener un permiso de tala?

Aunque existe una ley autonómica, los detalles de su aplicación hay que consultarlos en las ordenanzas de cada ayuntamiento, ya que son las corporaciones locales las autoridades competentes y ante quien se solicita el permiso, la tramitación y toda la información al respecto.

En general será necesario la propia solicitud que irá acompañada de un  informe de arbolado, que tiene que ir firmado por un Técnico Competente colegiado (Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Forestal, Ingeniero de Montes, o titulación habilitante).

Los costes de estos trámites dependen del número de árboles y de la normativa de cada ayuntamiento, incluyendo el precio del informe que los técnicos de Milcoza realizan, las tasas municipales por la tala y el coste de las medidas compensatorias, que la mayoría de los municipios tienen en cuenta y que consisten en la plantación de un árbol por cada año de edad del árbol eliminado o su equivalente económica.